Control de la Legionelosis

Todas aquellas instalaciones que utilizan agua en su funcionamiento y producen aerosoles, tanto si se encuentran dentro de edificios como en el exterior de los mismos, están obligadas a realizar programas de control y prevención frente a la Legionella.
Instalaciones de obligado cumplimiento del RD 865/2003 y del Decreto de la Generalitat de Catalunya 352/2004
- Sistemas de agua caliente sanitaria: red y depósitos, acumuladores, calderas, calentadores.
- Sistemas de agua fría sanitaria: red y depósitos, acumuladores, tanques, aljibes, cisternas, pozos.
- Torres de refrigeración
- Condensadores evaporativos
- Conductos de aire acondicionado
- Equipos de terapia respiratoria (respiradores y nebulizadores)
- Humidificadores
- Piscinas climatizadas, con o sin movimiento
- Instalaciones termales
- Fuentes ornamentales
- Sistemas de riego
- Equipos contra incendios
- Sistemas de lavado de vehículos
- Elementos de refrigeración con sistemas de aerosol, al aire libre
- Cualquier aparato que acumule agua y emita aerosoles
Edificios propensos a tener instalaciones afectadas por la legislación:
- Hoteles
- Otras instalaciones turísticas: apartamentos, apartoteles, cámpings, barcos, etc.
- Polideportivos, incluyendo piscinas
- Instituciones asistenciales: hospitales, clínicas, residencias de la tercera edad, clínicas dentales, etc.
- Balnearios, baños termales
- Cuarteles
- Instituciones penitenciarias
- Otros edificios
COVIPLA le ofrece:
- Inspección de los sistemas de agua
- Evaluación de los riesgos de cada instalación
- Propuestas preventivas de mejora
- Elaboración de la documentación
- Certificación de los tratamientos
- Programa de analíticas personalizado